SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE COFIDIS S.A. Sucursal en España
Defensa del Cliente
El Servicio de Atención al Cliente de COFIDIS S.A. Sucursal en España tiene como finalidad tramitar y resolver de manera ágil y eficaz, las quejas y/o reclamaciones de los usuarios de servicios financieros, relacionadas con sus intereses y derechos, cuyas pretensiones no hayan sido previamente satisfechas o no estén conformes con lo resuelto con anterioridad, por los canales habituales facilitados por la Entidad.
En este sentido, el Servicio de Atención al Cliente (SAC) únicamente tramitará quejas y/o reclamaciones que los usuarios de servicios financieros puedan presentar ante esta entidad.Para cualquier otra consulta o solicitud de información distinta a una queja y/o reclamación debe dirigirse: al teléfono 900 85 60 60, o por email a la dirección de attcliente@cofidis.es, o por correo postal a la dirección de COFIDIS S.A. Sucursal en España sito en Pl. La Pau s/n Edif. WTC AP1 - 08940.- Cornellá de Llobregat (Barcelona)
La presentación de una queja o reclamación se debe hacer siempre por escrito, cumpliendo con los requisitos de forma estipulados tanto en el Reglamento del Servicio de Atención al Cliente de COFIDIS S.A. Sucursal en España, así como de conformidad con la “ORDEN ECO 734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras” emitida por el Banco de España.
En este sentido, la queja o reclamación deberá contener la siguiente información mínima:
- Nombre, apellidos, DNI vigente, domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico o postal del reclamante.
- Nombre y apellidos del representante en caso de actuar a través de un tercero, debiendo adjuntar DNI vigente, así como la correspondiente autorización con su fecha y firma.
- Concretar el contrato objeto de reclamación y el motivo de la queja o reclamación.
- Detallar las pretensiones y adjuntar los documentos sobre los que se fundamente su queja o reclamación.
- Lugar, fecha y firma.
Cómo hacerlo
Las quejas y/o reclamaciones se pueden presentar a través de los siguientes canales:
- Por correo postal a:
COFIDIS S.A. Sucursal en España - Servicio de Atención al Cliente (SAC):
Pl. La Pau s/n Edif. WTC AP1 - 08940.- Cornellá de Llobregat (Barcelona)
- Por correo electrónico: sac@cofidis.es, utilizando, si así lo desea, la Hoja de Reclamaciones que ponemos a su disposición.
- En línea: En el caso de reclamaciones relativas a contratos celebrados en línea por personas físicas, también se puede presentar la queja o reclamación a través de la Plataforma Europea de Resolución de Disputas en Línea.
Plazos de resolución de quejas y/o reclamaciones
El Servicio de Atención al Cliente (SAC) tiene la obligación de atender y resolver las quejas y/o reclamaciones en los plazos siguientes:
- Un mes en el caso de que el cliente sea un Consumidor.
- Quince días hábiles en caso de reclamaciones presentadas por usuarios de servicios de pago.
Servicio de Reclamaciones de los Supervisores Financieros
En caso de disconformidad con el resultado del pronunciamiento del Servicio de Atención al Cliente (SAC) respecto de su queja y/o reclamación, o transcurridos los plazos de resolución sin haber obtenido respuesta a su queja y/o reclamación y, siempre que se haya agotado previamente la vía del Servicio de Atención al Cliente (SAC) de COFIDIS S.A. Sucursal en España, usted podrá acudir al Servicios de Reclamaciones de Departamento de Conducta de Entidades de Banco de España:
- De forma presencial o por correo postal:
Banco de España - Departamento de conductas de Entidades
C/ Alcalá, 48
28014.- Madrid
- Telemáticamente: A través de la dirección https://www.bde.es/bde/es/.
Más información
En el caso de que quiera consultar la normativa aplicable puede acceder al siguiente enlace: Normativa que regula la transparencia de las operaciones bancarias y protección a la clientela de servicios financieros.
Asimismo, informar que COFIDIS S.A. Sucursal en España está adherida a las siguientes entidades:
- Confianza Online: para la resolución de litigios en materia de consumo.
- AUTOCONTROL: para la resolución de controversias en materia de publicidad digital.